Este mes de julio ÁLVAREZ ACEITUNO ABOGADOS ha protegido con éxito los intereses de un cliente que acudió a nosotros para la gestión del proceso de divorcio de su pareja, lo que, agotadas las opciones de un acuerdo extrajudicial como siempre intentamos y defendemos desde el despacho, conllevó la interposición de demanda a finales del año pasado.
En este caso, estudiando las circunstancias de la pareja y de su convivencia, así como la relación de cada progenitor con sus hijos, solicitamos la declaración, entre otras medidas reguladoras de la vida post-matrimonial, de la custodia y la patria potestad compartidas. La parte contraria manifestó su oposición, planteando otras medidas a su mayor conveniencia por motivos económicos.
Las dificultades para llegar a un acuerdo condujeron a la realización de la prueba de exploración de los menores, que consiste en la garantía de su derecho, al amparo del artículo 92 del Código Civil, a ser oídos durante el procedimiento. Este precepto legal, modificado recientemente por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, dice que «antes de acordar el régimen de guarda y custodia, el Juez deberá recabar informe del Ministerio Fiscal, oír a los menores que tengan suficiente juicio […] y valorar las alegaciones de las partes, la prueba practicada, y la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos para determinar su idoneidad con el régimen de guarda».
Una vez los menores hubieron expresado su punto de vista, la Fiscalía emitió un informe favorable al acuerdo de custodia compartida que solicitábamos y el juez lo ratificó, estimando nuestra demanda.
Este caso refleja la importancia de escuchar la opinión de los hijos en procedimientos de estas circunstancias; España ya ha sido condenada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sentencia de 11 de octubre de 2016) por no garantizar este derecho. Ello se agudiza en las situaciones de difícil convivencia marital que conducen al divorcio, puesto que realizar este camino sin tener en mente el interés superior del menor solo va en su perjuicio, en tener que soportar las duras tensiones entre los progenitores. La prueba de exploración de menores es una herramienta que permite aplicar esta exigencia de manera eficaz y sin daño a los niños, que, como recuerda la renovada Ley de Protección a la Infancia, deben ser oídos con el mayor cuidado de los operadores jurídicos.
ÁLVAREZ ACEITUNO ABOGADOS atesora más de 20 años de experiencia con casos de divorcio, extrajudicial o contencioso, y trata de defender en cada intervención el bienestar de sus clientes y de los menores implicados.